La nueva Ley para carnet de conducir para extranjeros

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La nueva Ley para carnet de conducir para extranjeros

Disponer de un carnet de conducir expedido en un país extranjero no significa que una persona pueda conducir legalmente en territorio nacional, la nueva Ley para carnet de conducir para extranjeros establece una serie de condiciones, que varían en función del país y el tiempo de residencia. 

A continuación, analizamos todas las claves de la nueva Ley para carnet de conducir para extranjeros y los cambios que introduce respecto a la Ley anterior. 

Países sin convenio con España

Si el país en el que ha sido expedido el carnet no tiene convenio con España, será obligatorio superar las pruebas establecidas por la DGT para la obtención del carnet.

Son muchos los países que no disponen de convenio con España, por tanto sus ciudadanos deberán superar una prueba teórica y una prueba práctica para poder circular legalmente por territorio nacional. 

Ciudadanos de países de la Unión Europea

En el caso de los países miembros de la Unión Europea, el caso es el contrario al anterior, las personas con permiso vigente podrán circular por España sin necesidad de disponer de un carnet especial o canjear el permiso de conducir extranjero en España

De forma similar, una persona que haya obtenido un carnet de circulación en España podrá circular libremente por cualquier país de la Unión Europea, sin tener que llevar a cabo otros trámites. Esta Ley es válida tanto para nacionales, como para personas extranjeras que residan en territorio comunitario.  

La nueva Ley para carnet de conducir para extranjeros

Las novedades de la Ley de circulación referente a carnets para extranjeros introduce novedades en el caso de personas nacidas en el extranjero, cuyo país dispone de convenio con España. Estos países son los siguientes:

  • Suiza
  • Andorra
  • Corea
  • Japón
  • Argentina
  • Colombia
  • Ecuador
  • Uruguay
  • Perú
  • Marruecos
  • Chile
  • Argelia
  • República Dominicana
  • Paraguay
  • Bolivia 
  • Filipinas
  • Guatemala
  • Brasil
  • Serbia
  • El Salvador
  • Turquía
  • Ucrania
  • Túnez
  • Macedonia
  • Nicaragua
  • Mónaco
  • Panamá
  • Costa Rica

 

Los ciudadanos de estos países podrán conducir con su carnet de origen durante los 6 meses posteriores a la obtención del Permiso de Residencia, nunca antes de obtener este permiso administrativo. Pasados estos 6 meses, será obligatorio llevar a cabo un canje para convalidar el permiso de origen. 

Las condiciones para realizar un canje de carnet

El tipo de carnet determina el proceso para llevar a cabo el canje. Los carnets tipo A y B, es decir, las licencias para motos, coches y vehículos ligeros, no requieren una prueba por tanto, el canje es directo.

Para carnets de tipo C y D, los de camiones y autobuses, sí obligan al titular a pasar una prueba teórica y otra práctica.

La tasa por convalidación sin pruebas para carnets de tipo A y B es de 28,87 €, la tasa para canjes con pruebas teóricas y prácticas es de 94,05 €. 

Excepciones para conductores profesionales sin convenio

Respecto a los ciudadanos de países sin convenio, existe una excepción referida a los conductores profesionales. Las personas que se dedican de manera profesional a la conducción de vehículos provenientes de países sin convenio, pueden solicitar un canje inmediato siempre que cumplan las siguientes condiciones:

  • Debe disponer de un contrato legal en vigor, por un tiempo de al menos 6 meses.
  • No debe tener antecedentes legales relacionados con delitos de conducción.
  • Debe superar una prueba práctica con un vehículo. 

 

La nueva Ley para carnet de conducir para extranjeros establece esta excepción para personas que se dedican a la conducción, y cuyo país de origen no ha suscrito un convenio con España. 

Cómo es el proceso de canje y cuánto tarda 

La DGT, en colaboración con la administración pública, establece una serie de condiciones para llevar a cabo el canje. En términos generales, solo es necesario completar los siguientes pasos para obtener un carnet de circulación legal en España: 

  • Debes disponer de una tarjeta de residencia en vigor.
  • Es importante que acredites que no residías en España cuando obtuviste el carnet de origen.
  • Es obligatorio pasar una prueba psicofísica.
  • Por último, se solicita el canje. 

 

El proceso completo desde que presentas la tarjeta de residencia hasta que recibes el carnet, puede tardar entre 3 y 6 semanas. Si debes llevar a cabo pruebas, como en el caso de los carnets de tipo C y D, el proceso se puede alargar en función de las condiciones de la prueba.     

Trámites administrativos de circulación con Gestiauto

Tramitar un carnet de conducir en España conlleva una serie de responsabilidades administrativas que, en el caso de los conductores profesionales, pueden ser complejas. En Gestiauto te asesoramos desde el principio del proceso, para que puedas llevar a cabo todos los trámites de la manera más sencilla, te ayudamos a obtener tu carnet español de conducir de inmediato, para que puedas comenzar a circular de manera legal. 

 

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