Nacionalidad Española por residencia: Solicitud, trámites y requisitos

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La nacionalidad española por residencia es una de las alternativas que contempla el Código Civil Español para obtener la nacionalidad. La solicitud de la nacionalidad española por residencia supone un proceso legal y administrativo complejo, que no siempre implica la obtención de la nacionalidad, en la mayoría de los casos es recomendable contar con la asesoría legal de expertos.

En Gestoría La Ilustración ponemos a tu disposición un equipo especializado en la solicitud de nacionalidad española por residencia. Si llevas tiempo residiendo en España y quieres solicitar la nacionalidad, contacta con Gestoría La Ilustración y obtén la nacionalidad española con la gestoría en Madrid que necesitas.

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Qué es la nacionalidad por residencia

Una persona extranjera que lleva tiempo residiendo en España de manera legal puede requerir la nacionalidad española y ser ciudadano del Estado español. Existen varias vías para obtener la nacionalidad, la nacionalidad por residencia es el proceso más común, sin embargo es obligatorio cumplir una serie de requisitos y resolver varios trámites administrativos. Entre las ventajas que ofrece disponer de la nacionalidad, las siguientes son las más comunes.

  • Los procesos de reagrupación familiar son más sencillos.
  • Es posible acceder a cargos públicos y a trabajos mediante oposición.
  • Tienes derecho a voto en todo el Estado español.
  • Se concede la ciudadanía europea, y por tanto se obtiene libertad para transitar por los países comunitarios.

Normativa básica para la obtención de la nacionalidad española

Los trámites para la nacionalidad española por residencia son complejos. La normativa básica se resume en los siguientes cuerpos legales.

  • El artículo 22 del Código Civil establece el procedimiento básico para la obtención de la nacionalidad por residencia.
  • El Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, introduce el reglamento regulador.
  • La orden JUS/696/2015, de 16 de abril aporta algunos aspectos legales que deben ser tenidos en cuenta.

Estas tres leyes son las que establecen los requisitos y los procedimientos para la obtención de la nacionalidad por residencia, que resumimos a continuación.

Requisitos: período de residencia legal

Las condiciones básicas están relacionadas con el tiempo de residencia mínimo en el país. Es obligatorio que durante los siguientes períodos, el titular haya residido de manera legal en España, por tanto, las personas en situación irregular nunca podrán obtener la nacionalidad mediante este proceso.

Para adquirir la nacionalidad será obligatorio haber residido al menos 10 años en España de forma legal, aunque existen varias excepciones.

  • Las personas con condición de refugiado o refugiada podrán solicitar el trámite a partir de los 5 años de residencia.
  • Las personas con nacionalidad iberoamericana, o procedentes de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y con origen sefardí, podrán comenzar el trámite con 2 años de residencia.

Además de los casos anteriores, la ley también prevé supuestos en los que se puede empezar a tramitar pasado un año de residencia, siempre que se cumplan las siguientes condiciones.

  • Personas que hayan nacido en territorio español.
  • Personas que no ejercieron debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
  • Personas sujetas legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante al menos dos años consecutivos, incluso si está vigente esta situación en el momento de la solicitud.
  • Personas que, en el momento de la solicitud, llevan un año casadas con un español o española y no estén separados legalmente o de hecho.
  • El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.
  • Personas nacidas fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

Prueba de idioma y conocimientos básicos

Además de los requisitos temporales, en España es obligatorio superar dos pruebas de idioma y conocimiento sociocultural. El examen DELE de nivel requiere un nivel mínimo A2 de castellano, mientras que el examen CCSE valora los conocimientos del solicitante acerca de España. Ambas pruebas son establecidas por el Instituto Cervantes.

Existe una excepción en el caso del examen DELE de idiomas, están eximidas todas las personas que provengan de países castellanoparlantes.

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    Presentar la solicitud de nacionalidad por residencia

    Para comenzar los trámites de nacionalidad española por residencia es obligatorio contactar con una de las siguientes administraciones:

    • Registro Público, incluido el Registro Electrónico Común y el Registro Electrónico del Ministerio de Justicia.
    • Con la Administración, a través de plataformas habilitadas por Colegios de Abogados, Graduados Sociales, Procuradores, etc, y que tengan firmado un Convenio de habilitación para la presentación electrónica de la solicitud de nacionalidad española por residencia.
    • De forma telemática, a través de la plataforma electrónica habilitada por el Ministerio de Justicia.

    Estos son los organismos que están capacitados para comenzar a gestionar este tipo de solicitudes.

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