Enfermedades que impiden renovar el carnet de conducir

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Enfermedades que impiden renovar el carnet de conducir

Cuando se expide un carnet de conducir, el titular habrá pasado un examen físico que acredite que, de forma efectiva, está capacitado para circular. Esta evaluación física también se lleva a cabo con la renovación del carnet, por tanto, cada cierto tiempo los conductores debemos pasar unas pruebas específicas, que confirmen que no existe ninguna enfermedad incapacitante. 

En caso de padecer una de estas enfermedades, no se podrá renovar el carnet y por tanto, será retirado de forma puntual o permanente, en función de las características de la enfermedad.

A continuación, vamos a ver las condiciones de renovación del carnet y aquellas enfermedades que impiden renovar el carnet de conducir. 

El proceso de renovación del carnet de conducir

El carnet de conducir puede incluir ciertos trámites administrativos, que van desde la solicitud de un duplicado de un permiso de conducir, hasta la renovación periódica. Legalmente, en España es obligatorio renovar el carnet cada 10 años, por tanto, pasado este período la DGT se pone en contacto con el titular del carnet, para proceder a su renovación.

El proceso es sencillo, la propia Dirección General de Tráfico envía un aviso, por carta o mail, para informar de los plazos de caducidad. La renovación se puede hacer en uno de los centros autorizados por la DGT para llevar a cabo el test psicofísico, o bien se puede realizar en cualquiera de las sedes de la DGT, siempre que se aporte el informe médico pertinente. 

El trámite de renovación del carnet de coche va a incluir por tanto un examen físico y conductual, en el que se confirman las condiciones aptas del titular. De no padecer ninguna enfermedad incapacitante, el carnet se renueva, sin embargo, existen enfermedades que imposibilitan la renovación del carnet. 

Qué enfermedades no permiten renovar el carnet de conducir

Las enfermedades que impiden renovar el carnet de conducir son las siguientes, o que establecen plazos especiales para su renovación:

Enfermedades cardíacas

  • Arritmias cardíacas: Deberán pasar al menos 6 meses para renovar el carnet si se ha sufrido una arritmia cardíaca, salvo con un informe de un cardiólogo. Si el informe es favorable, el permiso tendrá una vigencia de un año. 
  • Prótesis valvulares cardíacas e infarto agudo de miocardio: El período mínimo es de 3 meses para renovar el carné de conducir y deberán programarse una serie de pruebas periódicas para prorrogarlo. 
  • Portadores de marcapasos o de desfibrilador automático: Estas personas podrán renovar el carnet unos meses después de someterse a la operación.

Enfermedades relacionadas con el sueño y el descanso

  • Apnea del sueño: Se podrá renovar el carnet con un informe positivo del médico. 
  • Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: El carnet no se podrá renovar sin excepción, por tanto la disnea permanente se trata de una enfermedad incapacitante.  

Enfermedades crónicas y degenerativas

Las siguientes enfermedades son absolutamente incapacitantes, y por tanto no admiten una renovación del carnet en ningún caso. 

  • Alzheimer.
  • Esclerosis lateral amiotrófica.
  • Temblor esencial.
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Distrofia muscular.
  • Osteoporosis.
  • Parkinson.
  • Artritis reumatoide

 

Las consecuencias físicas que provocan las enfermedades anteriores van a hacer muy difícil la conducción, y por tanto pueden suponer un peligro.

Enfermedades psiquiátricas

Las personas que padezcan las siguientes enfermedades, solo podrán renovar el carnet si cuentan con un informe médico especializado, que acredite que la dolencia es leve y por lo tanto, no incapacitante. 

  • Demencia y Trastorno de ansiedad.
  • Trastorno de la personalidad.
  • Depresión.
  • Trastorno del sueño.
  • Trastorno Obsesivo Compulsivo.
  • TDH
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • Abuso y dependencia de alcohol y drogas.   

 

Los exámenes físicos se completan con una evaluación psicológica en casos en los que el titular ha sufrido alguna dolencia de tipo psicológico. En estos casos es importante valorar el estado actual de la persona que solicita la renovación, para comprobar si está en una situación apta para la conducción. 

Problemas relacionados con la vista

Todos los exámenes referidos a la renovación del carnet de conducir incluyen un examen visual, de no llegar a los límites que marca la DGT, no será posible renovar el carnet. 

Enfermedades digestivas

Las nefropatías o los transplantes de riñón exigen de un examen médico, previo a la renovación del carnet. .

Enfermedades vasculares

Las enfermedades vasculares permiten la renovación del carnet, sin embargo, lo habitual es que se establezcan plazos inferiores a los 10 años, para llevar a cabo revisiones puntuales. 

Enfermedades neurológicas

Para las enfermedades de este tipo, entre las que se incluye la epilepsia, se tiene en cuenta la fecha de la última recaída y su intensidad. En base a estos datos, se podrá renovar el carnet por un tiempo determinado, o se establecerá que la enfermedad es incapacitante y por lo tanto, se retira el carnet. 

Enfermedades oncológicas

Para el caso específico de dolencias oncohematológicas, deberán pasar 10 años de la remisión de la enfermedad para obtener el carnet. Respecto a otras dolencias oncológicas, el proceso dependerá del estado general del titular. 

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