Impuesto de sucesiones en trasferencia de vehículos

Pide tu cita

Impuesto de sucesiones en trasferencia de vehículos

Cuando alguien recibe una herencia, como un inmueble o un vehículo, hay que pagar el impuesto de sucesiones en los 6 meses siguientes a la recepción.  Así pues, al heredar un vehículo es obligatorio realizar una transferencia por herencia, un trámite que sirve para modificar la titularidad del vehículo de la persona fallecida al heredero y que incluye el pago del impuesto de sucesiones. Te explicamos cómo se realiza.

Cómo pagar el impuesto de sucesiones en las transferencias de vehículos

Para la transferencia de un vehículo e impuesto de sucesiones (cambio de titularidad), por fallecimiento del titular, se precisa lo siguiente:

•Fotocopia del DNI/ Tarjeta de Residencia de ambos, si no conservan la del fallecido no es necesaria.
•Fotocopia de la Tarjeta Técnica -color verde- por las dos caras. Se puede transferir sin I.T.V. al día.
•Original del Permiso de Circulación.
•Impuesto de Circulación -Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica- del año anterior al actual.
•Documentación inherente a la herencia (la parte más importante para la transferencia de un vehículo e impuesto de sucesiones):
•Fotocopia del impuesto de sucesiones y donaciones. –Donde necesariamente se haya incluido el vehículo-.
•Fotocopia de todos los documentos que se han precisado para la herencia –testamento, cuaderno particional, acuerdo últimas voluntades….
•Fotocopia del DNI de todos los herederos, ATENCIÓN: NO SE PUEDE PONER EL VEHICULO A NOMBRE DE VARIOS HEREDEDEROS, UNOS TIENEN QUE RENUNCIAR A FAVOR DE UNO DE ELLOS, QUE SERA EL ÚNICO TITULAR DEL VEHICULO –para lo cual los herederos legales deben aportar un documento de renuncia hacia el que elijan.

Toda la documentación mostrada anteriormente será estrictamente necesaria para poder realizar una transferencia de un vehículo e impuesto de sucesiones (cambio de titularidad). Hay que recordar que el impuesto de sucesiones se gestiona a nivel de comunidad, o sea que cada autonomía impone sus propias tarifas. Te recordamos también la obligación que pesa sobre el vehículo de circular con seguro a nombre del adquiriente o comprador.

Desde Gestiauto tramitamos el asesoramiento de seguros de autos de la mano de las mejores compañías que les presentará las mejores propuestas de seguro entre todas las compañías, acorde al riesgo asegurar: usted podrá ver y comparar precios y coberturas del mercado. Este asesoramiento es gratuito, no solo en vehículos, sino en todo el campo asegurado. No deje de llamarnos para que le tramitemos su seguro.

MUY IMPORTANTE:
Recomendamos encarecidamente que te cerciores que el vehículo a transferir no posee cargas o limitaciones de disposición (por financiar en su día la compra puede existir reserva de dominio en cuyo caso debe solicitar a la financiera la Carta de Levantamiento de Reserva de Dominio; también puede tener embargos, precintos judiciales, etc.). La manera más cómoda y segura es solicitarnos un informe de Tráfico, por el cual conocerás además la titularidad del vehículo, el número de dueños que ha tenido, la procedencia –nacional o importación-, etc.
Si la dirección del adquiriente no es la misma que la del DNI, para que conste esa nueva dirección se precisa certificado de empadronamiento -si se trata de un cambio de un municipio a otro- o factura de teléfono, luz, agua, etc. –si es un cambio dentro del mismo municipio-. Así Tráfico podrá poner la dirección correcta.

Por último, si alguien te deja en herencia un vehículo y no quieres hacerte cargo de él porque no te compensa hacer frente al impuesto de sucesiones siempre puedes renunciar a la herencia.

Share this post


×