¿Se puede vender un coche embargado? La respuesta definitiva

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¿Se puede vender un coche embargado? La respuesta definitiva

En las operaciones de compraventa de vehículos, una de las dudas más comunes está en si se puede vender un coche embargado, por lo que en este post te ofrecemos la información más objetiva y precisa para despejarla y realizar una operación con garantías.

Ten en cuenta que el embargo de un vehículo es la consecuencia más drástica del impago de una multa o una deuda a cualquier acreedor, ya sea a la financiera del fabricante, al banco, por el impago de impuestos, por estar recogido en una declaración de bienes proporcionada a Hacienda o por cualquier obligación ante otra entidad. Pero esa medida no es un impedimento para tener la posibilidad de venderlo, puesto que la Dirección General de Tráfico (DGT) lo ve con buenos ojos, aunque sí es cierto que hay que tener cuidado con algunos aspectos que diferencian esta transacción de cualquier otra transferencia de vehículos convencional.

En los casos en que se embarga por falta de pago del coste propio del coche, interviene un juzgado para ordenar la ejecución del embargo, tramitándose a través de la Ley de Enjuiciamiento Civil; en cambio, cuando la deuda se contrae con la Administración, es la Ley General de Recaudación la que rige este procedimiento, sin necesidad de intervención por parte de un juzgado ni la ejecución de una sentencia para ello, siendo el órgano público pertinente el que ordena el embargo de una forma similar a la que se sigue en la Ley de Enjuiciamiento Civil comentada con anterioridad.

¿Se puede vender un coche embargado por una Administración Pública?

Si te preguntas si se puede vender un coche embargado por una Administración Pública, lo cierto es que sí.

Primero, debes pedir un Certificado de Antecedentes del Vehículo en la Jefatura de Tráfico más cercana. En este documento, se refleja la situación administrativa del automóvil en el momento de su expedición.

En él, puedes consultar si existe una orden de precinto; si la respuesta a esta cuestión es afirmativa, aunque se puede realizar el cambio de titularidad, la DGT no emitirá un permiso de circulación válido para el nuevo propietario hasta que las deudas no hayan quedado compensadas.

Uno de los principales consejos que podemos darte acerca de la venta de un coche embargado es que dejes reflejada esta cuestión en el contrato de compraventa. Esta acción, además de cumplir una función de transparencia esencial, se trata de un salvoconducto para evitar cualquier problema con la otra parte, que podría denunciar al vendedor por haber adquirido el automóvil en esas circunstancias sin saberlo. 

Es importante tener en cuenta este aspecto porque las posibles consecuencias de esta artimaña, ya que el vendedor podría incurrir en un posible delito de alzamiento de bienes, con penas de prisión de entre uno y cuatro años y una multa que podría alcanzar los 288.000 euros.

Así, es importante que este asunto quede registrado por escrito y que el comprador acepte la deuda para continuar con la operación en condiciones normales.

Una vez completado el proceso de compraventa del vehículo, la DGT se pondrá en contacto con el comprador para dejar clara la existencia de ese impago, ante lo cual, este, tendría que responder que estaba al tanto de ello, si ese es el caso.

Cuando nos encontremos con un escenario en el que se cumplen los puntos anteriores y el comprador hace frente a ese impago, se puede realizar la renovación del permiso de circulación, una tarea que te recomendamos que la dejes en manos de profesionales especializados como los que forman parte de Gestiauto Tramitaciones, tu gestoría de Tráfico de confianza.

Cuando se haya completado todo este proceso, podrás comprobar en primera persona que, en efecto, se puede vender un coche embargado. De todas formas, te recomendamos que, si quieres conocer de primera mano el modo de proceder teniendo en cuenta tu caso concreto, te informes en la Jefatura de Tráfico correspondiente.

¿Se puede vender un coche embargado sin el precinto?

También puede ocurrir que el coche esté embargado pero que, formalmente, aún no se refleje el precinto del coche, ya que, desde que el juez ordena ese embargo hasta que se establece el denominado como precinto, suelen pasar, incluso, varios años.

En este caso, como en el anterior, la transparencia es esencial, por lo que se vuelve a recomendar que todo quede bien reflejado por escrito entre ambas partes, ya que, si el vendedor quiere acabar con la deuda con el importe de la venta, el comprador puede no pagar cierta parte de esa cuantía hasta que no se le demuestre que el embargo ya no tiene efecto.

Para cualquier información o apoyo en el cumplimiento de trámites de Tráfico, no dudes en contactar con Gestiauto Tramitaciones, donde contamos con un equipo de expertos especializados en el cumplimiento de las obligaciones de todos los conductores que confían en nuestro servicio.

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