¿Cuál es el margen de error de radares si me paso de velocidad máxima?

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¿Cuál es el margen de error de radares si me paso de velocidad máxima?

Seguro que te ha ocurrido: has pasado con tu vehículo a la altura de un radar y no sabes bien si, al pasar por él, no superabas la velocidad máxima permitida o, al menos, el margen de error de radares que se establece para cada tipo de carretera.

Algunos conductores desconocen que existe un margen de velocidad en los radares, es decir, que no te va a llegar una multa por exceso de velocidad si pasas a 122 kilómetros por hora cuando el límite en autovías está establecido en 120.

Antes de pasar a exponer el margen de error de cada una de las circunstancias y límites de velocidad, es conveniente aclarar que el margen varía dependiendo de si el dispositivo detector es móvil o fijo.

Multas velocidad: margen de error

El margen de error de las multas de velocidad, como hemos dicho anteriormente, varía según el tipo de equipo que se encargue de la detección de la velocidad de un vehículo.

Vamos a explicar la diferencia, por tanto, entre el margen de error de radar fijo y el margen de error de radar móvil.

Margen de error de radar móvil

En el caso de los dispositivos móviles, el margen de error de radares se sigue la regla conocida como “norma del 7”. Esta técnica es muy conocida en el sector por este número ya que es la cifra que rige los distintos baremos dependiendo de la clase de vía de la que se trate:

  • Si el límite de la carretera es inferior a 100 kilómetros por hora, el margen de error de radar móvil es de 7 kilómetros por hora.
  • Si el límite de la vía es superior a 100 kilómetros por hora, se establece un margen de error del 7% a esa cifra de velocidad máxima permitida.

Por poner ejemplos gráficos, en las vías en que no se pueda pisar el acelerador más allá de los 90 km/h, el radar detectará y sancionará a los vehículos cuando circulen a 98 ó más. En cambio, en las autovías de 120 kilómetros por hora, el fogonazo saltará cuando se superen los 128,4 km/h, ya que esa diferencia supone el 7% mencionado.

Margen de error de radar fijo

El margen de error de radar en el caso de los equipos estáticos es diferente, ya que la regla cambia de cifra y se conoce como “norma de tolerancia del 5”: si el tope de la vía es inferior a 100 kilómetros por hora, el margen de velocidad de radar es de 5 km/h; si, por el contrario, el límite de velocidad de la carretera supera los 100 kilómetros por hora, el margen de error de radar fijo es del 5%.

Cabe recordar también que muchos de los fabricantes también establecen una velocidad un tanto superior a la real en lo que marca el velocímetro de los automóviles, por lo que, en caso de que creas que superas, incluso, el margen de error establecido por poco, puedes estar, en realidad, dentro de lo permitido y así evitar multas por exceso de velocidad.

Este error no es accidental, ya que, por ley, estos instrumentos no pueden marcar una rapidez menor a la que se está experimentando realmente.

Radar de tramo: margen de error

Muy diferente es este caso, ya que cuentan con un mecanismo y un margen de error de radar de tramo que varía respecto al resto de dispositivos.

La norma, en este caso, se basa en el número 10, ya que el margen de error de radar de tramo en vías de hasta 100 km/h de velocidad máxima es de 10 kilómetros por hora, mientras que en las carreteras con un límite mayor de 100, el margen se establece en un 10% de esta cifra.

Ante la práctica tan común de los conductores de frenar poco antes de pasar a la altura de estos dispositivos, se está planteando extender el uso de radares en cascada, que consiste en la instalación de otro equipo, un cinemómetro móvil, en los metros posteriores al radar principal, de forma que se detecte a aquellos conductores que vuelven a incrementar la velocidad una vez han pasado por esa prueba crucial que podría multarles.

En los últimos tiempos han salido informaciones algo contradictorias respecto a los criterios de la Dirección General de Tráfico y la Guardia Civil, aunque en cuestión de oficialidad, siempre prima lo que impone la institución dedicada al control del parque de vehículos español sobre el margen de error de radares de DGT, aunque también hay que hacer caso al criterio y posibles matices de la autoridad competente.

Nuestra gestoría de tráfico está comprometida con ofrecer toda la información necesaria a los conductores para una experiencia en la que se disfrute de una conducción segura, por lo que recomendamos a todos que respeten las normas de tráfico y, por tanto, los límites de velocidad, tanto en los momentos que se pase por un radar como cuando no estén cerca.

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